CAPÍTULO 88

 

AERONAVES, VEHÍCULOS ESPACIALES Y SUS PARTES

 

Nota de subpartida

 

1.‑     En las subpartidas 8802.11 a 8802.40, la expresión peso en vacío se refiere al peso de los aparatos en orden normal de vuelo, excepto el peso de la tripulación, del carburante y del equipo distinto del que esté fijado en forma permanente.

 

 

CONSIDERACIONES GENERALES

 

      Este capítulo comprende los globos y dirigibles y los vehículos aéreos que no estén diseñados para la propulsión con motor (p. 88.01), los demás vehículos aéreos, los vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento (p. 88.02), así como el material afín, tal como los paracaídas (p. 88.04), los aparatos y dispositivos para el lanzamiento de aeronaves o el aterrizaje en portaaviones y los simuladores de vuelo (p. 88.05). Este capítulo comprende igualmente las partes y accesorios identificables como exclusiva o principalmente destinados a los vehículos que comprende, siempre que no estén excluidos por las Notas de la sección XVII (véanse las consideraciones generales de esta sección).

 

      Este capítulo comprende los aparatos incompletos o sin acabar (por ejemplo, un vehículo aéreo sin los órganos motores o cuyo equipo interior esté sin acabar), siempre que presente las características esenciales de los aparatos completos.